jueves, 5 de noviembre de 2015

INICIAR LA ACTIVIDAD EN MI NUEVA EXPLOTACIÓN GANADERA

       
En todo tipo de explotación ganadera que vaya a iniciar su actividad, debemos conjugar dos grandes temas:

  •  Permisos/ autorizaciones / licencias , cuestión municipal-medioambiental 

  •  Normativa sectorial ganadera, cuestión de la Consejería de Agricultura y Ganadería.


En lo concerniente a los permisos/capacidades, va en función del tamaño de la explotación en cuestión, así, por ejemplo, lo más pequeño sería un corral domestico, figura medioambiental que alude sobre todo al autoconsumo y que admite hasta 2 U.G.M. de ciertas especies y hasta 100 animales en gallinas y pollos. Este tipo de explotación , se rige por comunicación ambiental, es decir , hay que presentar al Ayuntamiento un escrito en el que le comunicamos la circunstancia que nos ocupa, que en tal ubicación tenemos o vamos a tener "X" animales .

Si el tamaño es mayor y excede de 2 U.G.M., ya pasamos a tener que solicitar al Ayuntamiento , la correspondiente Licencia Ambiental, lo que conlleva un mayor número de condicionantes que la figura anterior de comunicación municipal, es decir, aquí ya hay que presentar un proyecto o una memoria de actividad, etc…….

En ocasiones, si los animales que tenemos o vamos a tener , no son especies de abasto o convencionales de producción, tendremos que dar de alta un Núcleo Zoológico, lo que implica, primero, solicitar licencia ambiental y posteriormente presentar una memoria de actividad, un programa técnico-sanitario redactado por un veterinario, etc……

Por otro lado con respecto a la Normativa Sectorial Ganadera, en el caso del equino tenemos el R.D. 804/2011 de 10 de Junio, del cual os adjunto el enlace a continuación, en el que se definen los distintos tipos de explotación equina, se marcan distancias entre explotaciones y se ordena un poco esl sector equino, así, por ejemplo, tenemos las explotaciones de pequeña capacidad, que son aquellas que tienen 5 o menos de 5 U.G.M. o de 10 en el caso de animales de abasto (carne).







(fotografía de C.E.C.S.)

lunes, 13 de julio de 2015

CONTRATO DE ASESOR FITOSANITARIO

Real Decreto 1311/2012, de 14 de Septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios. Directiva 2009/128/CE Uso Sostenible de Productos Fitosanitarios.

La Gestión Integrada de Plagas pretende conseguir el desarrollo de cultivos sanos con la mínima alteración de los agroecosistemas y la promoción de los mecanismos naturales. 

Dentro de la gestión Integrada de Plagas, hay explotaciones con obligación de asesoramiento y otras que están exentas de dicho asesoramiento, por lo tanto exentas de contrato con un asesor fitosanitario, en la siguiente página podréis comprobar en que caso se encuentra vuestra explotación.


Dicho asesor, tiene que estar por obligación inscrito en el ROPO.

La documentación que debe de contener el Contrato de Asesor Fitosanitario lo podéis consultar en la siguiente página:

http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/sanidad-vegetal/DOCUMENTACION_DE_ASESORAMIENTO_tcm7-289003.pdf

Por otro lado, las explotaciones acogidas a Producción ecológica y Producción Integrada, así como ATRIAS ya cumplen con la GIP.

Tener en cuenta que a partir de Noviembre de 2015, todos los usuarios profesionales, vendedores y personal auxiliar en el manejo de productos fitosanitarios deberán disponer de carnet que acredite los conocimientos necesarios. 

Todas las intervenciones fitosanitarias deberán constar en el Cuaderno de campo y en la documentación de asesoramiento.

Todos los envases de productos fitosanitarios, previo triple enjuague, deberán depositarse en los puntos de recogida habilitados. 

Todos los equipos de aplicación deberán haber superado una inspección técnica a partir del 26 de Noviembre del 2016.

Se priorizará el uso de productos fitosanitarios no clasificados como peligrosos para el medio acuático, así como las técnicas de aplicación más eficientes.

Se deben respetar las bandas de seguridad mínimas establecidas para masas de agua:

  • Para la realización de tratamientos con productos fitosanitarios: 5 metros
  • Para la regulación y comprobación de equipos: 25 metros
  • Para puntos de extracción de agua para consumo humano, para tratamientos fitosanitarios: 50m

miércoles, 11 de marzo de 2015

ATAQUE DE GORGOJO EN COLZA

Parece que con este calor, los bichitos se animan a salir y prueba de ello es el importante ataque de Gorgojo que estamos sufriendo ya en zonas de Castilla y León. Por ello debemos de observar bien nuestros cultivos y tratar cuanto antes con una piretrina, porque si no sufriremos cuantiosos daños.




viernes, 12 de diciembre de 2014

El Gobierno aprueba el nuevo marco para el movimiento comercial de mascotas en la UE

Regula los requisitos sanitarios aplicables al movimiento de especies como perros, gatos y hurones

08/12/2014

El Gobierno aprueba el nuevo marco para el movimiento comercial de mascotas en la UE
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes día 5, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto por el que se modifica la normativa vigente sobre las condiciones sanitarias aplicables a los intercambios comerciales y las importaciones a la Unión Europea de mascotas, esperma óvulos y embriones, para incorporar las últimas disposiciones comunitarias en la materia a la legislación nacional. Para ello la nueva norma regula los requisitos sanitarios aplicables al movimiento de especies como los perros, los gatos y los hurones, cuando el movimiento tiene fines comerciales o cuando se refiere a más de cinco animales.
       Entre los nuevos  requisitos, el Real Decreto establece que se puede realizar el examen clínico de los animales de compañía dentro de las 48 horas previas al movimiento comercial, en lugar de las 24 horas que se exigía hasta la fecha.
      También contempla el modelo de certificado necesario para animales procedentes de explotaciones u de organismos, institutos o centros autorizados y actualiza las referencias a la normativa para desplazamientos no comerciales en vigor.

martes, 18 de noviembre de 2014

La falta de respuesta a las alegaciones a las normas de la PAC crea dudas ante su aplicación

El retraso en su aprobación en el arranque de muchas campañas genera incertidumbre

02/11/2014

La falta de respuesta a las alegaciones a las normas de la PAC crea dudas ante su aplicación
El retraso en la aprobación definitiva de la PAC sigue provocando enfado y preocupación. ASAJA Córdoba ha instado al Ministerio de Agricultura a que publique lo antes posible los Reales Decretos de la nueva PAC, "para despejar muchas de las dudas existentes, ya que desde el mes de julio en que se presentó el documento y la organización agraria estudió y realizó sus alegaciones, ya han pasado meses sin recibir ninguna respuesta". Inmersos en una nueva campaña agrícola, ASAJA, como el resto de OPAs, se está esforzando por aclarar todas las dudas que a los agricultores y ganaderos les genera la próxima PAC, a pesar de que "existen muchos vacíos e incertidumbres en conceptos clave" como los requisitos del Greening, el año fiscal que se va a tener en cuenta para comprobar si es Agricultor Activo o la Asignación de Pago Básico y Regionalización, del que muchos agricultores están pendientes para tomar decisiones empresariales referentes a sus explotaciones.
      Pese a esta incertidumbre, la formación agraria, de la misma manera que otras están ahciendo por todo el país, mantendrán sus reuniones informativs con los agricultores y ganaderos, de la misma manera que llevarán a cabo un encuentro técnico en el Ministerio y en la Consejería de Agricultura de la Junta para intentar aclarar cuestiones que aún están en el aire.
     ASAJA Córdoba resalta la necesidad de esta labor de difusión e información sobre las novedades de la aplicación de la nueva PAC en España, en un momento clave de cara al cobro de las ayudas de 2015, "ya que una mala decisión por falta de información en las siembras, que ya se están haciendo en la provincia, puede ser clave de cara a cumplir los requisitos del Pago Verde referentes a Diversificación de Cultivos y Superficies de Interés Ecológicos".

Un momento crucial en el que se deben despejar todas las dudas

     Por eso, los encuentros se centran en conceptos como el greening, el agricultor activo, el valor unitario inicial o el modelo de regionalización para saber dónde van a estar ubicadas las explotaciones de los agricultores y ganaderos.
       Como se resalta desde la organización, el sector se encuentra en un momento crucial, ya que la provincia está en plena época de siembra y todos los agricultores deben tener en cuenta los requisitos referentes al Greening que son: “la diversificación de cultivos”, que consiste en dejar en aquellas explotaciones que tengan entre 10 y 30 hectáreas dos cultivos diferentes y con más de 30 hectáreas tres cultivos, y “la Superficie de Interés Ecológico” de la que se dejará un mínimo del 5% de la superficie cuando la explotación tenga más de 15 hectáreas de tierra arable.
      Por todo ello, se insta al Ministerio de Agricultura a que publique lo antes posible los Reales Decretos de la nueva PAC, para despejar muchas de las dudas  existentes y afrontar con garantías el inicio de la nueva PAC.

miércoles, 1 de octubre de 2014

El Gobierno crea una tarjeta única para facilitar el transporte de caballos



El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crea la denominada "tarjeta de movimiento equino", que facilitará los movimientos de esta especie y acabará con las trabas que actualmente sufrían los propietarios. Según ha apuntado la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se trata de una medida que responde a las sugerencias que llegaron al Ejecutivo a través del Buzón del Ciudadano. Quejas que hacían referencia a los obstáculos que sufrían para poder realizar los movimientos de los caballos. El Ejecutivo ha optado, así, por implantar esta tarjeta, consensuada con todas las comunidades autónomas, que será "única" para todo el país, "telemática" y con una vigencia de 30 días.



Agroinformacion
"No ha sido fácil. Nos ha costado un año" culminar esta normativa, ha puntualizado la vicepresidencia, tras agradecer la colaboración de los ciudadanos y sus propuestas.
Según ha recordado Sáenz de Santamaría, los ciudadanos se quejaban hasta ahora que, para poder "mover un caballo" en España, necesitaban de "innumerables" permisos de las diferentes Administraciones Públicas.
Los ciudadanos también critican que tenían que solicitar los permisos de forma "presencial" a las administraciones y que estos se otorgaban con una vigencia de tan solo 5 días.
"Si tenían algún tipo de percance, se quedaban en situación irregular a la mitad del trayecto", ha apostilla la vicepresidente, una situación que ahora se enmendará gracias a la creación de esta nueva tarjeta.
Simplificar los requisitos administrativos
El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, responsable de impulsar esta Tarjeta de Movimiento Equina (TME), ha puntualizado en una nota que el documento "permitirá simplificar los requisitos administrativos para los desplazamientos de équidos, muy diferentes a los del ganado con carácter meramente productivo".
La tarjeta sustituirá a los documentos sanitarios oficiales de movimiento, cuando se realicen con fines turísticos, recreativos, culturales, aprovechamiento de pastos, o para concursos deportivos o morfológicos, ha añadido el Ministerio.
"Todo ello siempre que los équidos retornen a la explotación de origen en un plazo inferior a 30 días naturales y no supongan un cambio de titular del animal", ha señalado en el comunicado.
La tarjeta tendrá un de carácter voluntario y será emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma en materia de movimiento animal o por el órgano en el que delegue.
Para quienes no opten por obtener la TME, "sus obligaciones seguirán siendo las mismas que en la actualidad en lo relativo a los documentos sanitarios oficiales".
Un documento de identidad equino muy completo
Según ha detallado, cuando se produzca un cambio en la titularidad de un équido, "este debe reflejarse en la TME, para los caballos de crianza y renta esto los eximirá de hacer este cambio en el Documento de identificación Equina".
La tarjeta tiene un diseño tanto externo como interno que cumple con todas las normas y estándares internacionales.
En su anverso y reverso estarán grabados los datos básicos del animal y dispondrá de un chip que almacenará la totalidad de la información que se recoge en la base de datos central, de Registro de Animales Identificados Individualmente.
La emisión de la TME se realizará en colaboración con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Fuente: www.agroinformacion.com